viernes, 22 de julio de 2022

LA IMAGEN, MÁS QUE MIL PALABRAS: REITERANDO AL JUZGADO Nº1 DE POSADAS, HAGA ALGUNA DILIGENCIA, ANTE EL POSIBLE ILICITO PENAL DE INCITACION AL ODIO POR DEJACION DE FUNCIONES EN CUMPLIMIENTO DE LEY

DE COMO ES RECOGIDO EN ACTA A INTERVENCIÓN DEL SR. Estepa que en la comisión informativa previa al pleno "el equipo de gobierno dijo que la bajada de la Virgen se haría a propuesta de la hermandad" Lo que evidencia que desde 2018 oficialmente se supedita el cumplimiento de la ley a esta propuesta. Por expreso o tácito deseo, por acción u omisión; el incumplimiento de la potestad y deber de nuestro alcalde en el ejercicio de su autoridad es manifiesto. Debiendo dar ejemplo, exigiendo el cumplimiento de la ley, debiendo desautorizar el paso, sea o no solemne. Al hacerse coincidir con la igominiosa fecha del 29 de agosto de 1937. Todos tenermos derecho a disfrutar de nuestras calles en vacaciones, sin afrenta alguna. Indistintamente de aquellos que en su derecho puedan y decidan irse a celebrarlas ese dia a otro lugar. !Que queda feo no acampañarla a la bajada y si a la subida!, y todo por el temor a llamar a las cosas por su nombre, en riesgo de perderse votos. Tanto unos como otros. Los que callan otorgan, de ahí que quienes podemos debemos alzar la voz para que la historia no se repita un año más. Ni se contribuya a dar pie a ninguna otra levantada.
Acta del pleno de la Comisión Gestora del 20 de Agosto de 1938 Aniversario Liberación del Pueblo: El Sr Alcalde recordó a los señores de la Comisión que el día 29 de los corrientes se cumple el segundo aniversario de la liberación de este pueblo por las Tropas del Caudillo el cual no debe de dejarse de celebrar, pues dicho día debe ser de eterna memoria para los hijos de este pueblo, amantes del orden (XXX) del actual Movimiento Nacional iniciado para la salvación de España. La Comisión de conformidad con la propuesta acordó (XXX) a su Presidente para que se dispongan los actos que se han de celebrar en dicho día, así como para que con cargo a la consignación (XXX) para los festejos abone los gastos que ello originen. Y no habiendo ningún otro asunto de que tratar, se dio por terminado el acto del que se extiende la presente que autorizan los señores gestores y secretario que certifica.

2 comentarios:

El padre de la criatura dijo...

Entra en vigor esta ley este 21 de octubre

El padre de la criatura dijo...

Espero equivocarme, pero mucho me temo que este año, volvera a conmemorarse esta afrenta. Evitando hacer comentario alguno más al respecto.