Para reformar la constitución se ha de seguir una serie de pasos, pudiéndolo hacer de una forma rápida y otra más compleja y lenta. Y según que sea el tema que quiera incluirse o modificarse, pues la ley te obliga o permite el hacerlo de una forma u otra. Si es modificar algún derecho fundamental te obligan que sea por la compleja, art 168 CE, la que requiere entre otras cosas ser aprobada al menos por 2/3 de ambas cámaras (congreso de diputados y senado), y además estas tendrían que disolverse y convocarse nuevas elecciones y de las nuevas cortes que salieran de esas nuevas elecciones, para que esto ultimo aprobado por los salientes tuviera validez, debería hacerse inmediatamente un referéndum obligatorio a la ciudadanía por ver si estamos conformes o no. Como digo este sistema es obligatorio cuando afecte a cuestiones como los derechos fundamentales que nos asisten (ejem Artículo 15. Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes…(ahí es na). Y también es obligatorio este sistema para regularizar la línea sucesoria a la Corona donde se discrimina a la mujer pues habría de sucederle al rey en su corona su primogénita la infanta Elena y no el príncipe Felipe, debiéndose modificar esto en la constitución pues es marcadamente machista y !claro¡, pedir un referéndum al pueblo para respaldar que él deba de llevar la corona en detrimento de la igualdad de la mujer, como que no interesa, por descubrirse el pastel y destapar la caja de los truenos. (fuera a parte que debera de preguntarse de si se está o no a favor de la monarquía, ya de paso).
Pues como nada de eso interesa ahora, y hay que contener el déficit (las gallinas que se vienen por las que se pierden, “es decir que son más las que se pierden que las que regresan”, pues este gobierno siguiendo las indicaciones de Alemania “la locomotora europea”, exige que se refrene el gasto y despilfarro o saqueo que hemos recibido en nuestras arcas pública, en estos años de transición y bonanza (jejeje), y como no se atreven a quitar el soborno a los subsidiados andaluces y extremeños !por ahora! y las subvenciones a los grandes terratenientes, pues fuerzan a nuestro gobierno (entre quien entre) a contener este déficit a un mínimo por ley acordado. Algo así como decir “os tenéis que moderar y comprometer que no vais a robar más de un “X”, por % anual, y para que nos rindáis cuentas a la Comunidad Europea, debéis de minorar las perdidas, ¿Y dónde van a recortar gastos?, ¡exacto¡ en cuanto le es improductivo, es decir en quienes para estos consideran sobramos, por ser una carga para esta locomotora.
Y claro se han de comprometer a contener estas pérdidas dentro de un tope fijo contemplado dentro de la constitución (para su modificación), lo que fuerza que deba hacerse a prisa y corriendo, y es ahí donde se ha aprobado hacerlo por la vía rápida, es decir con un mínimo de 3/5 parte de los miembros del congreso y el senado que supone ser 210 diputados de 350 existentes y 156 senadores de 260, total "pan comido para ellos", porque no es obligatorio el que se celebre un referéndum para esto si no lo exigen 1/10 parte o del congreso, 25 diputados o 26 senadores. Aunque quince días después de su aprobación, si quisieran ese mínimo de congresistas y senadores si podrían exigir ese referéndum ¿Pero tu crees que de entre esas 350 personas por un lado y 260 por otro van a aceptar el que se solicite un referéndum y puedan ver peligrar sus asignaciones mensuales? Jejeje. – Porque de hacerse este referéndum seguro que la ciudadanía lo que pediría es que ampliaran las cárceles para que metieran a tanto chorizo de guante blanco.
Así que nos la volverán a meter doblada y por la puerta falsa de ambas cámaras con la carta magna de vaselina. Y ese artículo 15 CE ya señalado que de entre otras cosas dice “..que ninguna persona ha de sufrir trato inhumano o degradante…” a ver como se digiere, en esas interminables colas que se forman y formaran pidiendo la “sopa boba”. Ya no valdrá ni aquello otro de decir “dame pan y dime tonto”, sino que asentiremos y convendremos indignamente, en soportar más humillaciones, las que tendrán origen y causa en ese déficit público, porque somos los más, quienes los soportamos, cuando habría de denominársele, "deficit privado" porque lo han provocado quienes todos sabemos. ¡Y sálvese quien pueda!. Ya no nos quedara ni la dignidad para alimentar nuestras entrañas. Art 10.1 CE “la dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás, son fundamento y orden político Y DE LA PAZ SOCIAL”. Pero claro los padres de nuestra constitución este artículo lo dejaron fuera de los considerados DERECHOS FUNDAMENTALES, para que no tuviera que debatirse de este modo en ninguna cámara ni poderse defender en amparo en el Tribunal constitucional.
Como dijera el magistrado Manuel Jiménez de Parga en su voto particular de la STC 116/1999 “…no es fácil trazar la frontera entre los derechos que afectan directamente y esencialmente a la dignidad de la persona por un lado, y los restantes del otro lado”, y el fundamento jurídico 8 de la Sentencia del Tribunal Constitucional 53/1985 “…en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida, se ha de llevar siempre consigo la pretensión al respeto por parte de los demás”.
Pues iros atando los machos que esos “de más, no somos los menos”. Y esa paz social que nos han de asegurar el orden político no se consiguen de este modo. El tiempo por desgracia me está dando la razón. ¿O no?.